Firma Digital
En Argentina, las operaciones de firma digital están reguladas por la Ley 25.506. Este tipo de firma siempre requiere un certificado digital emitido por una entidad certificadora válida, como ONTI o el Ministerio de Modernización.
Firma Electrónica
Por otro lado, la firma electrónica no utiliza un certificado digital. Se basa en un proceso que, según la misma Ley 25.506, tiene validez legal si se verifica:
- La identidad del firmante.
- La intención de firmar el documento.
- La inalterabilidad del documento una vez firmado.
Los procesos de firma electrónica que cumplen estos tres requisitos tienen plena validez jurídica en cualquier situación que requiera la firma de documentos de manera remota o presencial. Algunos ejemplos incluyen:
- Documentación laboral en recursos humanos.
- Certificaciones en entornos gubernamentales, como leyes, dictámenes o resoluciones.
- Licitaciones públicas o privadas.
- Documentación para la emisión de pólizas o certificaciones de siniestros en compañías de seguros.
- Apertura de nuevas cuentas bancarias con tabletas.
- Remitos, órdenes de entrega y recepción en el sector logístico.
El proceso de firma electrónica puede realizarse de diferentes maneras, como una firma manuscrita sobre una tableta, una huella dactilar o una firma vinculada a un código OTP. En todos los casos, se deben garantizar los elementos que la ley exige para que la firma tenga validez legal.
En “Tres ventajas clave de adoptar un sistema de firma electrónica en su empresa” repasamos algunas de las principales ventajas que estos procesos de firma aportan a diversas organizaciones.
En Addoc, trabajamos para facilitar los procesos de firma electrónica de documentos con clientes, proveedores y colaboradores, donde y cuando sea necesario. Todo el proceso de firma cuenta con validez jurídica y utiliza un servicio de confianza que cumple con los más altos estándares internacionales exigidos por el reglamento eIDAS y la protección de datos RGPD.